Abr 25, 2024

23 empresas generadoras de energía  renovable reciben amparos

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CIUDAD DE MÉXICO.- El reciente decreto para frenar la entrada de nuevas plantas renovables en México tiene un nuevo capítulo, el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) no aplicará a 23 empresas de energías limpias un acuerdo que privilegia la generación de energía con combustibles fósiles.

 

Así que pueden reanudar sus pruebas operativas, tal y como lo ordenan las suspensiones provisionales que les fueron otorgadas a esas compañías por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica en la Ciudad México.

 

En dicho juzgado se han admitido 27 demandas de amparo promovidas por empresas en contra de las medidas del Cenace, aunque esa dependencia solo ha recibido la notificación de 23 juicios.

 

Todo comenzó cuando el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) publicó un acuerdo para detener el ingreso de nuevas centrales de energía renovable durante la contingencia, lo que ha desatado una ola de amparos.

 

Las empresas y expertos del sector criticaron que el acuerdo carecía de fundamento tanto legal como técnico, y que se estaba usando como excusa para frenar el avance de este tipo de energías a favor de dar entrada a más plantas de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

 

El Centro Nacional de Control de Energía, que forma parte del Poder Ejecutivo federal, no puede desobedecer lo que ordena el Poder Judicial de la Federación, por ello emitió un oficio en el que enlista los consorcios a los que no se aplicará el “Acuerdo para garantizar la Eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y Seguridad del Sistema Eléctrico Nacional”, emitido el 29 de abril pasado.

 

¿Cuáles son las empresas?

 

Se trata de Recursos Solares PV de México; Akin Solar; Eólica Tres Mesas 4; Fuerza Eólica de San Matías; Fuerza Eólica del Istmo; Versalles de las Cuatas Uno y Dos; Tai Durango Cuatro Neo; Eoliatec del Pacífico; Eoliatec del Istmo; Versalles de las Cuatas Tres; Mitre Calera Solar; Eléctrica del Valle de México; FV Mexolar XI; Kerergreen; X-Elio FV Conejos Médanos; X-Elio FV Xoxocotla; ENR AGS; Parque Amistad II; Parque Salitrillos; EGP Magdalena Solar; Dolores Wind, y FRV Potosí Solar.

 

Las demandas de amparo consideran que la nueva política energética del gobierno federal trasgrede los artículos 1, 4, 14, 16, 25, 27, 28 y 133 de la Constitución.

Estos son los argumentos de Sener

 

La Secretaría de Energía (Sener) argumentó en un comunicado que, como consecuencia de la pandemia de Covid-19, “se redujo de manera drástica la demanda eléctrica del sector industrial y comercial”, lo que a la postre resulta en un aumento del “preexistente desbalance entre la capacidad de generación eléctrica con respecto a la demanda”.

 

El hecho de que el Estado mexicano sea el titular de todo el sistema eléctrico del país no quiere decir que el Ejecutivo federal pueda incumplir con el principio de legalidad, establecido en los artículos 14 y 16 de la Constitución, menciona.

Fecha de Publicación 03/jun/2020

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