Abr 29, 2024

LA COLUMNA DE BANDÍN. Tiene Sinaloa Ley de Protección a  periodistas

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HERMOSILLO, SONORA,MX.─  El pasado 24 de mayo el congreso del estado de Sinaloa aprobó unánimente la Ley para la Protección de

Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Sinaloa,  la cual destaca que la actividad ciudadana, individual o colectiva, de promoción y defensa de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte; y destaca que el periodismo, es considerado como profesión y como actividad de observación, descripción, investigación, documentación, análisis o divulgación de acontecimientos, declaraciones, políticas públicas, así como cualquier acción o propuesta que pueda afectar a la sociedad y sus integrantes.

Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

  1. Agresiones:
  2. a) Daño a la integridad física o psicológica, amenaza, hostigamiento o intimidación que por el ejercicio de su actividad sufran personas defensoras de derechos humanos y periodistas o bien de manera indirecta destaca que otorga calidad de periodista Las personas físicas, así como medios de comunicación y difusión públicos, comunitarios, privados, independientes, universitarios, experimentales o de cualquier otra índole cuyo trabajo consiste en recabar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información, a través de cualquier medio de difusión y comunicación que puede ser impreso, radioeléctrico, digital o imagen.

Prevalece la creación del El Instituto para la Protección de Personas

Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas;  Integrado por un  Consejo Consultivo: que fungirá como órgano colegiado de participación ciudadana del Instituto.

Este punto en especial a mí me llamó la atención que mandata a los gobiernos estatal y municipal; hacer públicos sus criterios de administración del presupuesto para publicidad oficial, y no utilizar el recurso público destinado a este rubro como un mecanismo de coerción, censura o control a medios de comunicación o periodistas.

Mellama la atención de este punto que se hayan excluido al Legislativo o judicial y cualquier otro ente que maneje recursos del erario

Además toda agresión a personas defensoras de los derechos humanos y periodistas será atendida e investigada, por las autoridades correspondientes, de manera inmediata y oficiosa.

Tanto la atención como la investigación adoptarán un enfoque de derechos humanos diferenciado, dependiendo, entre otros, los de identidad y perspectiva de género.

Y ya es legislación porque se publicó en el diario oficial del estado el 27 de mayo.

https://www.mediafire.com/file/6wnfcaszwaskb51/Ley_167_Sinaloa.pdf/file

Fecha de publicación miércoles 1 de junio de 2022

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